Consumo. Pueden cobrarme recargos si pago con tarjetas o billeteras electrónicas

billeterasvirtualesLa Subsecretaría de Comercio de Corrientes explicó la regulación actual y los derechos del consumidor frente a los recargos en pagos con tarjetas de crédito, débito y billeteras virtuales. Según la legislación nacional, a los consumidores no se les debe cobrar con recargos adicionales al pagar con tarjetas en un solo pago, ya sea con crédito o débito.
El subsecretario de Comercio de Corrientes, Juan José Amhar, en contacto con Sudamericana, se refirió a las inquietudes sobre los recargos aplicados en pagos realizados mediante tarjetas de débito, crédito y billeteras virtuales. Detalló las normativas vigentes y el procedimiento a seguir en caso de irregularidades.
Amhar explicó que, de acuerdo con la legislación nacional, el uso de tarjetas de crédito y débito está regulado para proteger a los consumidores. "En el caso de las tarjetas de crédito, la ley prohíbe el cobro de intereses si la compra se efectúa en un solo pago. Para el débito, no deberían aplicarse intereses adicionales", comentó. Por otro lado, el uso de billeteras virtuales no cuenta con una regulación clara que impida el cobro de recargos.
Los consumidores en Argentina tienen varios derechos específicos al realizar compras en un solo pago, especialmente en el contexto de las compras con tarjetas de crédito y débito. Estos derechos están protegidos por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y otras normativas relacionadas. A continuación se detallan los principales derechos:
No recargos en pagos con tarjeta: Al pagar con tarjeta de crédito o débito en un solo pago, los consumidores no pueden ser cobrados con recargos adicionales. El precio debe ser el mismo que si se pagara en efectivo
Derecho a la información: Los consumidores tienen derecho a recibir información clara, cierta y detallada sobre las características, precios y condiciones de los productos y servicios. Esto incluye que los precios publicitados deben ser respetados al momento de la compra
Cumplimiento de la oferta: Los consumidores tienen derecho a que se respeten las condiciones ofrecidas en la publicidad. Si hay una discrepancia entre el precio en góndola y el cobrado en caja, se debe cobrar el menor precio.
Derecho de arrepentimiento: En compras realizadas a distancia (por internet o teléfono), los consumidores pueden arrepentirse de la compra dentro de los 10 días corridos desde la recepción del producto, sin necesidad de justificar la razón, y recibir el reembolso completo.
Garantías: Todos los productos nuevos tienen una garantía mínima de seis meses, y los usados, de tres meses. Es importante conservar el ticket o factura como comprobante para hacer valer la garantía.
Protección a la salud y seguridad: Los productos y servicios ofrecidos no deben presentar riesgos para la salud o integridad física de los consumidores.
Trato digno y equitativo: Los consumidores deben recibir un trato justo y equitativo, sin discriminación alguna por parte de los proveedores
Recomendaciones para los consumidores
Guardar comprobantes: Es fundamental conservar tickets y facturas para facilitar cualquier reclamación o ejercicio de derechos.
Verificar precios: Consultar precios en línea o en diferentes comercios antes de realizar la compra puede ayudar a evitar sobreprecios.
Conocer los derechos: Estar informado sobre los derechos como consumidor permite actuar de manera efectiva ante cualquier incumplimiento por parte de los proveedores.
Sobre el procedimiento para denunciar irregularidades, el subsecretario indicó que el consumidor debe presentar una denuncia formal ante la Subsecretaría de Comercio. "Es fundamental que el reclamo se realice por escrito y no de manera anónima. La denuncia debe ser presentada en la Subsecretaría, y el consumidor puede solicitar un libro de quejas en el comercio para dejar constancia de la irregularidad", detalló.
Amhar también señaló que la Subsecretaría realiza operativos de control para garantizar el cumplimiento de la normativa y fomentar la transparencia en las operaciones comerciales. "Si bien las sanciones por incumplimiento comienzan en montos bajos, deben ser ejemplificadoras para asegurar que los comercios respeten las regulaciones", agregó.
La falta de regulación específica para las billeteras virtuales contiene un vacío legal en cuanto a la aplicación de recargos. "Actualmente, no hay una normativa que prohíba el cobro de intereses por el uso de billeteras virtuales. Es una área que necesita ser abordada por la legislación nacional", concluyó Amhar.

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